Términos y condiciones para transacciones de comercio electrónico

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Se debe considerar que, para cobrar con link de pago, se aplicará una comisión de 3.99% + IGV, de manera independiente a las comisiones que se cobren por uso de cualquier otra funcionalidad y/o dispositivo físico.

Mediante el presente documento informamos las regulaciones para transacciones realizadas por LA AFILIADA a través de su Plataforma Tecnológica, la cual es suministrada por VENDEMÁS o por terceros, a fin de que LA AFILIADA pueda vender bienes y/o servicios, sea a través de una página web, un APP o cualquier otro medio o canal que permita transacciones por Internet, aceptando para la cancelación de los bienes y servicios que ofrece; los medios de pago autorizados por VENDEMÁS.

Asimismo, LA AFILIADA a través de la plataforma tecnológica que suministre VENDEMÁS o terceros, sea esta web, App o cualquier otro canal, podrá vender sus bienes y/o servicios y estos podrán ser cancelados no solo con tarjetas sino también con otros medios de pago distintos a las tarjetas, para cuyo efecto VENDEMÁS integrará en la plataforma tecnológica una opción más de pago, la misma que será determinada por VENDEMÁS.

Por otro lado, a través de la plataforma tecnológica que VENDEMÁS pone a disposición de LA AFILIADA, esta última podrá realizar no solo transacciones de procesamiento de pagos sino otros nuevos servicios que VENDEMÁS comunicará oportunamente.

Definiciones:

  1. APP: es un aplicativo informático diseñado para ser ejecutado en teléfonos inteligentes, tabletas y otros dispositivos móviles. Descargado e instalado en los dispositivos móviles por los clientes de LA AFILIADA (en adelante los tarjetahabientes).
  2. Autenticación: es la verificación por la Entidad Emisora del titular y de la tarjeta con las marcas autorizados por VENDEMÁS, en cada transacción por Internet.
  3. Datos Sensitivos: datos de las tarjetas que requieren un mayor nivel de protección debido a su importancia o confidencialidad. Están constituidos generalmente por los datos completos de la banda magnética o chip, CVV2 (código de seguridad que se encuentra en la parte posterior de las tarjetas), PIN (clave de seguridad), entre otros.
  4. Emisor: entidad encargada de emitir tarjetas de las marcas autorizadas por VENDEMÁS. Por ejemplo, bancos, cajas departamentales, financieras, entre otros.
  5. Internet: sigla de dominio público que denomina a la red electrónica mundial de comunicación entre computadoras o medios electrónicos similares o afines.
  6. Marketing Directo: comercios que típicamente ofrecen sus servicios a través del telemarketing (llamadas donde el comerciante inicia el contacto directo con el cliente para lograr una venta). El comercio puede vender también directamente a través de comunicaciones de correo tal como postales o cartas con una proforma solicitando información u ofreciendo beneficios para incentivar la llamada del cliente. Alternativamente, los comercios pueden ofrecer sus servicios directamente a través de mailings, revistas o avisos televisivos, o a través de métodos de teléfonos gratuitos o direcciones donde el cliente potencial podría responder.
  7. Sistema de Comercio Electrónico: sistema integrado por dispositivos físicos (hardware) y programas informáticos (software) destinados a recibir, monitorear, analizar, calificar, solicitar autorización y liquidar transacciones realizadas en ambiente de comercio electrónico.
  8. Transacción Autenticada: transacción realizada por Internet, por un tarjetahabiente con un medio de pago autorizado por VENDEMÁS, la cual ha sido autenticada a través de una clave por medio de algún sistema de autenticación o algún otro; certificado por la marca correspondiente.
  9. Transacción No Autenticada: Es la transacción realizada por Internet, por un tarjetahabiente con un medio de pago autorizado por VENDEMÁS, en la que éste no ha sido autenticado a través de una clave por medio de algún sistema de autenticación o algún otro; certificado por la marca correspondiente.
  10. Medio de Pago diferente al de Tarjeta: Se refiere a cualquier forma de cancelación que no implique el uso de tarjetas de las marcas autorizadas por VENDEMÁS; formas de pago que no necesitan de autenticación, los que podrían ser dinero en efectivo, canje de puntos u otros que impliquen cancelación de un bien o servicio.

Sobre la operatividad de las transacciones:

Los alcances, el procedimiento y la operatividad de las transacciones de Comercio Electrónico (transacciones por Internet) mediante los medios de pago autorizados, se detallan en la Carpeta, el Manual y otros documentos los cuales son entregados por VENDEMÁS y que LA AFILIADA declara entender conocer y aceptar.

LA AFILIADA entiende que las transacciones podrán ser Transacciones Autenticadas o Transacciones No Autenticadas, de acuerdo con las definiciones señaladas en la cláusula anterior, dependiendo del Emisor de la tarjeta y/o del tarjetahabiente y/o del medio o canal a través del cual se realice la transacción; en consecuencia, LA AFILIADA libera a VENDEMÁS de toda responsabilidad derivada de esta circunstancia, así como de aquellos medios de pago que no estén referidos a tarjetas (medio de pago diferente  al de tarjeta).

El abono de una transacción a LA AFILIADA por parte de VENDEMÁS solo procederá cuando la transacción ha sido depositada y liquidada dentro de los plazos establecidos por VENDEMÁS.

Sobre el abono de las transacciones:

El abono de una transacción realizada a través de un medio de pago diferente al de una tarjeta; podrá realizarse a través de un tercero, lo cual es autorizada por LA AFILIADA, en ese sentido ésta última libera de cualquier responsabilidad a VENDEMÁS.

Sobre las obligaciones de la afiliada:

LA AFILIADA, en lo que resulte aplicable de acuerdo con su modalidad de afiliación a Comercio Electrónico, se obliga a lo siguiente:

  1. Permitir a VENDEMÁS auditar, directamente o a través de una empresa auditora, los aspectos técnicos y de seguridad de su Página Web, APP o cualquier componente de su infraestructura que soportan las transacciones por Internet; brindando para tal fin, todas las facilidades que se requieran.
  2. No ofrecer, ni vender, ni tener links o enlaces a otras páginas web que contengan lo siguiente:
    1. Comercios dedicados a apuestas, incluyendo boletos de lotería, casinos, fichas de juego, apuestas deportivas y apuestas en hipódromos.
    2. Farmacias y Boticas.
    3. Droguerías, propietarios de medicamentos, laboratorios farmacéuticos.
    4. Empresas dedicadas a la compra o comercio de fotografías, imágenes de video, imágenes generadas por computadora, dibujos animados, simulación u otro medio o actividades que incluyan, pero no limitadas a; pornografía infantil / bestialidad, violación, mutilación, zoofilia y reconstrucción de un crimen.
    5. Bienes y/o servicios de entretenimiento para adultos, tales como material pornográfico, erótico, consultas psíquicas, esotéricas o similares.
    6. Bienes o servicios ilegales.
    7. Fotografías, imágenes de video, imágenes generadas por computadora, historietas, o cualquier otro medio o actividad que esté protegido por derechos de propiedad intelectual; salvo que cuenten con la autorización correspondiente.
    8. Servicios de consejería de crédito o recuperación de crédito. Se entiende como recuperación de crédito. (compra de deuda o centralización de las deudas)
    9. Protección de crédito / protección contra robo de identidad.
    10. Negocios basados en reembolsos.
    11. Que su página web derive al tarjetahabiente, a través de links, a otras páginas webs relacionadas a los servicios detallados en los puntos anteriores.
  3. Implementar los requisitos, medidas de seguridad, mejores prácticas y recomendaciones informadas por VENDEMÁS a través de la Carpeta, comunicados o cualquier otro medio de comunicación.
  4. Realizar las actualizaciones tecnológicas en sus sistemas y/o en los componentes relacionados a la integración con los sistemas de VENDEMÁS, conforme a las comunicaciones enviadas por VENDEMÁS en el marco de su Programa de Adecuación Tecnológica (PAT), dentro de los plazos señalados en cada comunicación.
  5. No almacenar datos sensitivos de autenticación después de la autorización, así estos se encuentren cifrados.
  6. Enviar, cuando VENDEMÁS así lo requiera, el diagrama y/o arquitectura de su solución de Comercio Electrónico, especificando el flujo de datos de tarjetas a través de sus canales de pago.
  7. Cumplir, cuando VENDEMÁS así lo requiera, con los estándares de la industria de medios de pago, tales como pero no limitados a PCI-DSS, entre otros, para lo cual VENDEMÁS deberá presentar un plan de adecuación, el mismo que deberá ser revisado y aprobado por VENDEMÁS.
  8. Durante el proceso de adecuación a PCI-DSS y mientras no se obtenga la certificación, LA AFILIADA se compromete a realizar Auditorías de Seguridad Informática sobre su plataforma de pagos, con una periodicidad anual a fin de identificar y tratar posibles vulnerabilidades, debiendo presentar a VENDEMÁS los resultados de la auditoría cuando ésta se lo requiera.
  9. Sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, VENDEMÁS se reserva el derecho de realizar una Auditoría Externa de Seguridad Informática sobre las plataformas de pago de LA AFILIADA, en cuyo caso VENDEMÁS coordinará oportunamente con ésta las fechas y horas de ejecución.  

Sobre la calificación de transacciones:

La afiliación al servicio de Comercio Electrónico incluye el Sistema de Calificación de Transacciones el cual es una capa adicional de seguridad sin que ésta represente una liberación de responsabilidad del establecimiento sobre las transacciones no reconocidas por el Emisor y/o por el tarjetahabiente. LA AFILIADA podrá solicitar a VENDEMÁS no contar con el Sistema de Calificación de Transacciones si es que ya cuenta con un sistema propio o proveído por terceros y que realicen una función similar. Para ello deberá enviar una carta simple indicando el nombre, descripción y características del sistema a utilizar; adicionalmente deberá enviar el manual técnico funcional del sistema y cualquier otra información que VENDEMÁS requiera. VENDEMÁS comunicará al establecimiento la aceptación de su solicitud en cuyo caso desactivará el Sistema de Calificación de Transacciones. VENDEMÁS activará nuevamente el Sistema de Calificación de Transacciones en caso se presenten simultáneamente las siguientes condiciones en el periodo de un mes:

  1. LA AFILIADA presente un nivel de fraude del 1% respecto a sus ventas totales.
  2. Las transacciones fraudulentas sean de un volumen total igual o superior a US$75,000 (setenta y cinco mil dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional.

Sin perjuicio de ello VENDEMÁS podrá tomar otras medidas destinadas a reducir el nivel de fraude, incluidas la suspensión temporal o la desafiliación.

Sobre la retribución:

Por su incorporación al Sistema de VENDEMÁS para realizar transacciones de Comercio Electrónico, LA AFILIADA pagará por una sola vez a VENDEMÁS una tarifa por concepto de “Integración” y, por su permanencia, abonará anualmente una tarifa por concepto de “Renovación” en caso aplicase.

Sin perjuicio de la “Comisión” que corresponde a cada transacción realizada a través del Sistema VENDEMÁS, LA AFILIADA podría pagar a VENDEMÁS una tarifa por concepto de “Uso del Sistema de Comercio Electrónico”. La anulación o extorno posterior de una transacción abonada a LA AFILIADA, no implica el extorno de la tarifa aplicada a la transacción original de venta.

Las tarifas antes señaladas y su aplicación se encuentran especificadas en el primer párrafo de este documento.

Sobre la confidencialidad de la información:

LA AFILIADA se compromete a mantener en absoluta reserva frente a terceros, todos los datos de los clientes correspondientes a las transacciones de Comercio Electrónico. Para proporcionar información a terceros, LA AFILIADA deberá disponer de una autorización por escrito de VENDEMÁS, o proceder conforme al CONTRATO.

LA AFILIADA no podrá solicitar al tarjetahabiente información de su tarjeta los medios de pago autorizados por VENDEMÁS, con ocasión de su registro en alguna base de datos. VENDEMÁS podrá autorizar a LA AFILIADA, previa solicitud por escrito, el registro de la información de tarjetahabientes en su base de datos siempre que cumpla con la Ley sobre la materia. Adicionalmente LA AFILIADA está obligada a cumplir con normas del Payment Card Industry (PCI) cuando VENDEMÁS así se lo requiera. LA AFILIADA autoriza a VENDEMÁS a realizar auditorías para verificar el adecuado archivo de la información de los clientes. En caso de incumplimiento VENDEMÁS podrá aplicar penalidades y determinar la suspensión o desafiliación de LA AFILIADA.

Todos los comprobantes de las transacciones y los demás documentos de sustento sobre ellas deberán ser guardados por LA AFILIADA durante un plazo mínimo de dos (2) años. En caso VENDEMÁS le solicite información de la transacción, LA AFILIADA está en la obligación de brindarla, conforme a lo estipulado en el CONTRATO.

Sobre las responsabilidades:

LA AFILIADA se compromete a cumplir con lo establecido en el CONTRATO, LA SOLICITUD, la Adenda, la Carpeta de Integración, anexos y todos los documentos proporcionados por VENDEMÁS para la realización de transacciones de Comercio Electrónico.

Asimismo, LA AFILIADA asume frente a VENDEMÁS la entera responsabilidad por las transacciones No Autenticadas que sean rechazadas o no reconocidas por el Emisor y/o por el tarjetahabiente sin importar el motivo, entendiendo que en este tipo de transacciones no puede tenerse plena certeza sobre la identidad del tarjetahabiente debido a que no existe autenticación por parte del emisor, presencia física de la tarjeta ni firma impresa.

Sobre la conformidad de las condiciones:

Las características operativas de las transacciones de Comercio Electrónico se encuentran contenidas en la Carpeta, el Manual y otros documentos los cuales son entregados por VENDEMÁS y que LA AFILIADA acepta conocer.

VENDEMÁS comunicará por escrito, alternativa o conjuntamente, a través de una carta física o correo electrónico a LA AFILIADA con una anticipación no menor a 30 días cualquier modificación en los términos y condiciones de la presente Adenda. Las modificaciones entrarán en vigor automáticamente en la fecha indicada por VENDEMÁS, salvo que LA AFILIADA curse comunicación escrita a VENDEMÁS indicando su disconformidad con todo o en parte de las modificaciones antes de su entrada en vigor, en cuyo caso la presente Adenda se resolverá a los 30 días de la recepción de la comunicación remitida por VENDEMÁS.

Las modificaciones a documentos que impliquen una adecuación tecnológica por parte de LA AFILIADA serán comunicadas por escrito y obligará a LA AFILIADA a realizar los cambios necesarios dentro de los plazos establecidos en dicha comunicación.

Los cambios a los documentos que no contengan obligaciones de adecuaciones tecnológicas sino únicamente la actualización de contenidos de interés para LA AFILIADA, serán puestos a su disposición a través de la Página Web de VENDEMÁS, y podrá ser comunicada alternativamente a través de correo electrónico o de cualquier otro medio que permita su conocimiento. Estas modificaciones entrarán en vigor transcurridas 2 días hábiles, desde su publicación en la web o comunicación a LA AFILIADA.

Sobre la suspensión del uso del sistema de comercio electrónico: 

VENDEMÁS se reserva el derecho de suspender el uso del Sistema de Comercio Electrónico para LA AFILIADA en cualquier momento, de forma inmediata y sin comunicación previa, en caso verifique alguna irregularidad en las transacciones o el uso indebido o no autorizado del Sistema de Comercio Electrónico por LA AFILIADA y/o terceros  que ponga en riesgo la seguridad del Sistema, de VENDEMÁS, de LA AFILIADA, de los emisores, de los tarjetahabientes o de cualquier otro participante del Sistema de VENDEMÁS. Para otros incumplimientos de alguna cláusula de la presente adenda aplica lo indicado en el CONTRATO.

Resolución y/o Conclusión:

La resolución y/o conclusión de los presentes términos y condiciones que constituyen una Adenda al Contrato de Afiliación, no afectará la vigencia del CONTRATO ni la de otros Términos y Condiciones vigentes de esta última.

Las partes acuerdan que el procedimiento de resolución y/o conclusión de los presentes términos y condiciones que constituyen una Adenda, será cualquiera de los señalados en los términos y condiciones señalados en la Afiliación al Sistema Vendemas, el CONTRATO.

Aplicación de los términos y condiones del contrato de afiliación al sistema VendeMás:

Los términos y condiciones de EL CONTRATO de Afiliación al Sistema Vendemas se aplican a las transacciones de Comercio Electrónico, en todo lo que no contradiga a la presente.

Adhesión:

LA AFILIADA declara que ha leído la presente adenda en la página web de VENDEMÁS y comprendido todos los términos, derechos y obligaciones que contiene y establece, por lo cual se adhiere íntegramente a ella, a través de la aceptación de sus términos y condiciones y/o solicitudes físicas y/o virtuales.

Lima, 14 de mayo del 2020

Iván Eduardo Castañeda Barreto

SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS S.A.C  

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